¿Cómo
comprar?

Cada negocio inmobiliario tiene sus particularidades pero en general los pasos para la formalización de una transferencia son los siguientes:

  1. El Comprador elige un inmueble y acuerda el precio de compra.
  2. El Escribano del Comprador formaliza el acuerdo entre ambas partes a través de un contrato llamado «Compromiso de Compraventa» donde se establecen todas las condiciones del negocio como ser:
  3. Identificación de la parte vendedora y compradora, quienes se obligan a vender y a comprar respectivamente;
    • Identificación del inmueble con todos los datos  de número de matrícula,  padrón, superficie, deslinde, planos, etc.
    • Se establece el precio por hectárea y la forma de pago que puede ser al contado o a plazos, con la garantía correspondiente.
    • El comprador deposita en manos de su Escribano una seña que por lo general es del 20% del valor de compra.
    • Se establece un plazo máximo para otorgar la escritura de compraventa, siendo el tiempo de 45 días hasta 60 días inclusive, según sea el caso.
    • Dentro de este plazo el Escribano solicitara todos los certificados registrales, catastrales y municipales correspondientes y necesarios para la operación inmobiliaria. Así también procederá a la verificación de todos los datos correctos del inmueble, de sus titulares y demás documentaciones para cotejar que el inmueble y sus titulares se encuentran en perfectas condiciones y libres de obligaciones, embargos, hipotecas y gravámenes.
    •  De no encontrarse en perfectas condiciones, el Escribano da por rescindido el contrato de «Compromiso de Compraventa» y restituye la seña a la parte compradora.
    • Se establece una multa para el caso de incumplimiento de cualquiera de las partes a lo acordado, equivalente al 20% del valor de compra.
    • O cualquier otra condición inherente a la negociación que amerite ser mencionada.
  4. El Escribano redacta  la escritura de Compraventa, el comprador y vendedor firman la escritura pública,  se realiza el pago del precio, gastos de escrituración, y el comprador toma posesión del inmueble, salvo que otra cosa se hubiere pactado. 
  5. Dicha escritura traslativa de dominio se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble lo cual hace al comprador propietario pleno del inmueble con absoluta eficacia jurídica entre las partes y frente a todo tercero.

NORMATIVAS E IMPUESTOS

Las Inversiones en el Paraguay – Aspectos relevantes y marco legal
Preparado por el Estudio Jurídico Livieres Guggiari Soc. S.

Contenidos:

I. Marco Legal
II. Sociedades
III. Derecho de Propiedad
IV. Leyes Impositivas
V. Observaciones Finales